Multas y fotomultas en Bogotá D.C.
En Bogotá D.C., las fotomultas impuestas por Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá están bajo investigación de la Superintendencia de Transporte (entre el 12 de diciembre de 2018 y el 6 de enero de 2020, y también entre el 21 de noviembre de 2024 y el 23 de julio de 2025). Si pagaste una fotomulta de cámara en ese periodo podrías pedir su devolución; si tienes multas viejas sin notificación, podrían prescribir. Revisar tu caso es gratis.
Organismo de tránsito de Bogotá D.C.
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¿Cómo consulto las multas de tránsito en Bogotá D.C.?
Ingresa tu número de cédula en MultaJusta: consultamos el SIMIT y te mostramos en un semáforo tus comparendos de Bogotá D.C., cuáles podrían prescribir, cuáles puedes impugnar y cuáles podrían ser reembolsables. La consulta es gratis y no te compromete a nada.
¿Qué organismo de tránsito impone los comparendos en Bogotá D.C.?
En Bogotá D.C. los comparendos y fotomultas los impone Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá. Esta entidad figura entre los organismos investigados por la Superintendencia de Transporte por fotomultas (entre el 12 de diciembre de 2018 y el 6 de enero de 2020, y también entre el 21 de noviembre de 2024 y el 23 de julio de 2025), por lo que algunas multas de cámara de ese periodo podrían ser candidatas a devolución.
¿Puedo recuperar el dinero de una fotomulta que pagué en Bogotá D.C.?
Es posible si la fotomulta se impuso con una cámara dentro del periodo investigado por la Supertransporte. Debes presentar una solicitud formal de devolución ante Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá. MultaJusta te genera el documento; la decisión final es de la entidad y cada caso se evalúa individualmente. No prometemos resultados.
¿Qué puedo hacer con comparendos viejos en Bogotá D.C.?
Las multas de tránsito prescriben a los 3 años desde la ocurrencia del hecho (art. 159, Ley 769 de 2002). Si Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá no te notificó un mandamiento de pago en ese plazo, puedes solicitar la prescripción. Si la multa es reciente, aún puedes impugnarla dentro de los 11 días hábiles (electrónico) o 5 (en vía) desde la notificación.
